Aparte de desvelar las tramas de políticos y negociantes al amparo del poder de las Comunidades Autonómicas, es importante el Auto del juez Garzón del 12 Febrero 2009 porque describe el relevante papel de esas sociedades instrumentales en la corrupción político-inmobiliaria de la última década; denunciado hace años por Attac-España en diversos foros, incluido el Ministerio de Economía.
Entre los hechos reseñados en dicho Auto se señala que, como mínimo durante los últimos diez años, el grupo de los imputados ha realizado “operaciones y organización de eventos para captar negocios y, por ende, fondos en las Comunidades Autónomas de Madrid y Valencia, principalmente a través de un conglomerado empresarial “que era el instrumento opaco para el soborno de altos funcionarios y políticos.
Curiosamente en la relación figuran Orange Market S.L. y Special Events, dos sociedades mercantiles que hace unos años fueron objeto de denuncias periodísticas por las irregularidades en sus contrataciones para la organización de stands de la Generalitat valenciana en Fitur y en otras ferias, así como en la organización de eventos electorales del PP. Unas denuncias que no tuvieron consecuencias judiciales aunque abundaban en datos significativos. La sociedad Orange Market figuraba como propietaria de Special Events, que a su vez pertenecía a Willow Investment otra sociedad registrada en el paraíso fiscal de las islas caribeñas de San Cristóbal y Las Nieves y tenia como director a la sociedad Grovesnor Administration Limited cuyos propietarios se situaban en Las islas Vírgenes Británicas, otro paraíso fiscal del entorno europeo (Levante 19/5/2005). Un clara muestra del encadenamiento de sociedades offshore que figuran inclusive como directores, una práctica ilícita condenada por la OCDE.
Ahora, en el Auto referido se precisa que se trata de “sociedades de inversión especulativa cuyo objetivo es la búsqueda de la rentabilidad en operaciones inmobiliarias, sociedades patrimoniales que gestionan el patrimonio de Francisco Correa y empresas de gestión que prestan apoyo al resto de carácter administrativo o de organización de viajes.” Y sobre esta estructura situada en territorio nacional se superpone otra estructura internacional integrada por sociedades mercantiles constituidas en Inglaterra y Holanda que son partícipes en el capital de las sociedades patrimoniales constituidas en España; porque los paraísos fiscales ante todo ofrecen la ventaja competitiva de la opacidad.
¿Para qué esa madeja de supuestas empresas tan contraria a la filosofía empresarial de reducción de costes administrativos y de gestión?
En primer lugar, estas tramas buscan crear una complejidad que, de ser descubierta como en este caso, generara dificultades para obtener pruebas documentales para el tribunal competente, porque “dichas sociedades ubicadas en el exterior son a su vez participadas por entidades creadas en paraísos fiscales y territorios no cooperantes”. En segundo lugar, como dice el juez instructor “este conglomerado permite a la organización incorporar fondos a las sociedades patrimoniales ubicadas en España mediante las aportaciones de las sociedades radicadas en Inglaterra y Holanda, enmascarándolo como ampliaciones de capital de aquellas, si bien en realidad los fondos proceden de las sociedades matrices que se encuentran en las Antillas Holandesas, Isla del Canal u otros territorios offshore.” He ahí el testimonio de los servicios financieros de estos centros offshore amparados por nuestros socios europeos.
Esta estrategia de ocultación le ha permitido al principal imputado llevar el control de ese entramado sin que él figurara como responsable, por la vía de “la constitución de sociedades por medio de testaferros a través de los despachos de asesoramiento jurídico y fiscal, especializados en la creación de estructuras fiduciarias opacas” y con actuación sistemática de personas interpuestas tanto para la gestión empresarial como para la gestión de su patrimonio personal.
Igualmente, el Auto apunta algunos de los mecanismos de “la estrategia de desvinculación de Correa de las sociedades gestionadas desde el despacho de uno de los imputados”, que incluyen al testaferro clave Antoine Sánchez “con una participación puramente instrumental” como accionista de varias supuestas empresas y como “titular de las acciones al portador de las sociedades ubicadas en paraísos fiscales o territorios no cooperantes (offshore)”
Y jurídicamente en el Auto citado “consta indiciariamente acreditada la defraudación fiscal y el movimiento de dinero en el extranjero y un entramado de sociedades para colocar el importa en territorios offshore (“paraísos fiscales”) o cuya falta de transparencia fiscal o cooperación impide, gracias a las técnicas de ingeniería financiera, alcanza los fondos desplazados” Y para disfrazar tanto las contabilidades societarias, “como la operativa del grupo o las dádivas entregadas”, alteraron y falsificaron documentos esencialmente facturas comerciales, asegura el instructor. Toda una prueba de la necesidad de prohibir la utilización de las sociedades offshore por los ciudadanos españoles..-
El
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Entre los hechos reseñados en dicho Auto se señala que, como mínimo durante los últimos diez años, el grupo de los imputados ha realizado “operaciones y organización de eventos para captar negocios y, por ende, fondos en las Comunidades Autónomas de Madrid y Valencia, principalmente a través de un conglomerado empresarial “que era el instrumento opaco para el soborno de altos funcionarios y políticos.
Curiosamente en la relación figuran Orange Market S.L. y Special Events, dos sociedades mercantiles que hace unos años fueron objeto de denuncias periodísticas por las irregularidades en sus contrataciones para la organización de stands de la Generalitat valenciana en Fitur y en otras ferias, así como en la organización de eventos electorales del PP. Unas denuncias que no tuvieron consecuencias judiciales aunque abundaban en datos significativos. La sociedad Orange Market figuraba como propietaria de Special Events, que a su vez pertenecía a Willow Investment otra sociedad registrada en el paraíso fiscal de las islas caribeñas de San Cristóbal y Las Nieves y tenia como director a la sociedad Grovesnor Administration Limited cuyos propietarios se situaban en Las islas Vírgenes Británicas, otro paraíso fiscal del entorno europeo (Levante 19/5/2005). Un clara muestra del encadenamiento de sociedades offshore que figuran inclusive como directores, una práctica ilícita condenada por la OCDE.
Ahora, en el Auto referido se precisa que se trata de “sociedades de inversión especulativa cuyo objetivo es la búsqueda de la rentabilidad en operaciones inmobiliarias, sociedades patrimoniales que gestionan el patrimonio de Francisco Correa y empresas de gestión que prestan apoyo al resto de carácter administrativo o de organización de viajes.” Y sobre esta estructura situada en territorio nacional se superpone otra estructura internacional integrada por sociedades mercantiles constituidas en Inglaterra y Holanda que son partícipes en el capital de las sociedades patrimoniales constituidas en España; porque los paraísos fiscales ante todo ofrecen la ventaja competitiva de la opacidad.
¿Para qué esa madeja de supuestas empresas tan contraria a la filosofía empresarial de reducción de costes administrativos y de gestión?
En primer lugar, estas tramas buscan crear una complejidad que, de ser descubierta como en este caso, generara dificultades para obtener pruebas documentales para el tribunal competente, porque “dichas sociedades ubicadas en el exterior son a su vez participadas por entidades creadas en paraísos fiscales y territorios no cooperantes”. En segundo lugar, como dice el juez instructor “este conglomerado permite a la organización incorporar fondos a las sociedades patrimoniales ubicadas en España mediante las aportaciones de las sociedades radicadas en Inglaterra y Holanda, enmascarándolo como ampliaciones de capital de aquellas, si bien en realidad los fondos proceden de las sociedades matrices que se encuentran en las Antillas Holandesas, Isla del Canal u otros territorios offshore.” He ahí el testimonio de los servicios financieros de estos centros offshore amparados por nuestros socios europeos.
Esta estrategia de ocultación le ha permitido al principal imputado llevar el control de ese entramado sin que él figurara como responsable, por la vía de “la constitución de sociedades por medio de testaferros a través de los despachos de asesoramiento jurídico y fiscal, especializados en la creación de estructuras fiduciarias opacas” y con actuación sistemática de personas interpuestas tanto para la gestión empresarial como para la gestión de su patrimonio personal.
Igualmente, el Auto apunta algunos de los mecanismos de “la estrategia de desvinculación de Correa de las sociedades gestionadas desde el despacho de uno de los imputados”, que incluyen al testaferro clave Antoine Sánchez “con una participación puramente instrumental” como accionista de varias supuestas empresas y como “titular de las acciones al portador de las sociedades ubicadas en paraísos fiscales o territorios no cooperantes (offshore)”
Y jurídicamente en el Auto citado “consta indiciariamente acreditada la defraudación fiscal y el movimiento de dinero en el extranjero y un entramado de sociedades para colocar el importa en territorios offshore (“paraísos fiscales”) o cuya falta de transparencia fiscal o cooperación impide, gracias a las técnicas de ingeniería financiera, alcanza los fondos desplazados” Y para disfrazar tanto las contabilidades societarias, “como la operativa del grupo o las dádivas entregadas”, alteraron y falsificaron documentos esencialmente facturas comerciales, asegura el instructor. Toda una prueba de la necesidad de prohibir la utilización de las sociedades offshore por los ciudadanos españoles..-
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