El despertar de Hollywood frente a los abusos sexuales de
los magnates del cine y las denuncias del movimiento #metoo desencadenado en las redes sociales, sumados a los
escándalos de las violaciones impunes en la India y a las protestas masivas de
mujeres en España frente a la ya famosa sentencia de la Manada de la Audiencia de Navarra, revelan un súbito
ascenso de la conciencia ciudadana mundial sobre las injusticias de género más
visibles en las diversas sociedades humanas del planeta.
Sin embargo, a
menudo se ignora que las injusticias de género están insertas hoy por
hoy en el sistema económico capitalista actual, en el conocido como sistema de
economía de mercado en que se basan los regímenes políticos democráticos y autocráticos. Y en esa dirección
apunta un estudio de la Fundación Friedrich Ebert del partido socialdemócrata alemán, en el que se exploran
algunas interrelaciones entre la justicia tributaria y la justicia de género, destacando
cómo los flujos financieros ilícitos, desde el blanqueo de dinero sucio a la
evasión y el fraude fiscal favorecido por los notorios paraísos fiscales
offshore, se desarrollan en perjuicio de la situación social de la mujer en
nuestras sociedades. De modo que, como apunta el título del citado estudio, los flujos financieros ilícitos socavan la
justicia de género. Y que por el indudable interés, de esa
investigación presentemos aquí algunas de sus ideas y reflexiones a modo de
invitación a su estudio y difusión.
La situación de la mujer en el mundo se ve
dañada de modo particular, en primer lugar, a través de los efectos de la
evasión y el fraude fiscal y, en segundo lugar, por el papel de las
jurisdicciones financieras opacas así como de las redes mundiales de despachos
y agencias facilitadoras, que abren las compuertas para que fluyan los
capitales ilícitos resultantes de la trata de mujeres y demás negocios ilícitos
de la globalización financiera.
En el referido estudio se sostiene que la
confrontación y el desmantelamiento de los facilitadores internacionales y de
las jurisdicciones opacas no solo serán pasos auspiciosos en aras de la
transparencia y la igualdad mundial, sino que también contribuirán a la
igualdad de género, así como al respeto, la protección y el cumplimiento de los
derechos humanos de mujeres y niñas. Y el análisis finaliza con una lista de
recomendaciones en materia de políticas nacionales e internacionales y ofrece
líneas de acción estratégica para combatir la evasión fiscal y el impago
generalizado de impuestos, así como el lavado de dinero procedente de
actividades delictivas.
Justicia tributaria
y justicia de género
A fin de
comprender algunos de los nexos cruciales entre la justicia tributaria y la
justicia de género, es importante observar tres factores interrelacionados que inciden
en la capacidad recaudatoria de los Estados y en el impacto distributivo de los
ingresos fiscales a lo largo y a lo ancho de la sociedad, como son:
·
La
carga tributaria;
·
La
estructura impositiva;
·
Las
políticas y mecanismos para combatir el fraude y la evasión fiscal en el plano
nacional e internacional.
Es obvio
que la pérdida de ingresos fiscales tiene unos impactos negativos en el
cumplimiento de los derechos humanos de mujeres y niñas, así como en la lucha contra
las desigualdades. Y es que las políticas tributarias no son neutrales y pueden
promover u obstaculizar la igualdad social y la igualdad de género. Las mujeres
y los hombres no experimentan de la misma manera el impacto de las políticas
tributarias, a causa de las posiciones diversas y desiguales que ocupan como
fuerza de trabajo, como consumidores, como productores, como propietarios de
activos y como responsables de las actividades comprendidas en la “economía del
cuidado”, dentro y fuera del hogar. Además, la desigualdad de género se entrelaza con otras desigualdades que
resultan del estatus socioeconómico, la raza, la edad, la ubicación, la casta y
demás marcadores sociales.
En su
actuación individual y colectiva, los Estados tienen el deber de movilizar los
máximos recursos disponibles para cumplir progresivamente los derechos humanos
de las mujeres y las niñas. También tienen la obligación de crear un entorno
internacional propicio para el goce efectivo de los derechos económicos,
sociales y culturales, incluidos los que se relacionan con cuestiones
tributarias.
Los
impuestos son la fuente más sostenible y predecible para financiar los bienes y
servicios públicos, así como una herramienta clave para lidiar con la
desigualdad económica, incluida la desigualdad en materia de género. Sin
embargo, la política tributaria actual no genera ingresos suficientes para atender
el gasto público demandado por nuestras sociedades ni para cerrar las brechas
de financiación detectadas en lo que concierne a la igualdad de género y los
derechos de las mujeres.
La
referida investigación destaca la tendencia actual de los sistemas tributarios en
cierto número de países hacia la reducción de los impuestos directos, al aumento
de los impuestos sobre el consumo y a la escandalosa disminución de la
tributación del capital. Tendencia fiscal que ilustra con datos de la realidad
latinoamericana y caribeña en lo que concierne a la estructura impositiva. Menos
de un tercio de la recaudación latinoamericana y caribeña proviene de impuestos
directos, mientras que el grueso de la carga recae en los impuestos sobre el
consumo y otros gravámenes indirectos. Durante el período 2010-2014, la región
recaudó en promedio un 9,4% del PIB en impuestos indirectos (en comparación con
el 10,9% de los países que integran la OCDE), mientras que los impuestos directos promediaron el 5,7% del PIB, muy por
debajo del 13,8% correspondiente a los países de la OCDE. Por otra parte, tras casi cuatro décadas de
globalización financiera y creciente poder de las grandes corporaciones, las
rentas del capital aún están sujetas a una tributación muy baja y sobresalen
los desequilibrios en los programas de incentivos fiscales
Por
tanto, saltan
a la vista las implicaciones de estas revelaciones para los derechos
Además,
cuando un Estado ve disminuida su capacidad para recaudar impuestos y controlar
los flujos financieros ilícitos, tiende a compensar la pérdida de los ingresos
tributarios con el aumento de gravámenes que recaen sobre los contribuyentes
cumplidores, como pequeñas y medianas empresas e individuos de recursos
moderados; o con un desplazamiento de la presión hacia los impuestos
indirectos. En consecuencia, si un Estado no combate el abuso y la delincuencia
fiscal, es probable que beneficie desproporcionadamente a los individuos ricos
a costa de las personas en situación de desventaja. Por otra parte, se ha
comprobado que la evasión tributaria internacional, las guaridas fiscales y el
sistema de jurisdicciones offshore son utilizadas por las grandes corporaciones
para minimizar su carga fiscal y lograr ventajas competitivas descomunales sobre
las empresas nacionales.
Aquí
también hay una dimensión de género, porque las mujeres están
sobrerrepresentadas en las pequeñas y medianas empresas (que se benefician
menos de las oportunidades para eludir impuestos) y en la franja de los
ingresos más bajos. El informe de la Relatora Especial de la ONU sobre la
extrema pobreza y los derechos humanos reconoce que las mujeres tienden a gastar
una parte mayor de sus ingresos en productos básicos, debido a las normas de
género que les asignan la responsabilidad por el cuidado de las personas
dependientes. Ello implica que las mujeres cargan con el grueso de los
impuestos al consumo.
Los flujos
financieros ilícitos y la trata de personas
Uno de los delitos internacionales que generan los flujos
financieros ilícitos es la trata de personas, que impacta fuertemente en las
mujeres. Los beneficios de esta explotación se lavan por medio de los mismos
mecanismos, estructuras, jurisdicciones y facilitadores que sirven a la evasión
y al fraude fiscal.
La trata
de personas es el resultado de múltiples factores situados en distintos planos,
pero interrelacionados y arraigados en políticas económicas que redundan en la
escasez de medios de vida en los países de origen, aparejada a la carencia de
regulaciones para enfrentar la economía ilícita mundial. La violación a los
derechos humanos de las mujeres es tanto una causa como una consecuencia de la
trata de mujeres. Las mujeres y las niñas son particularmente vulnerables a la
trata de personas, tanto por su posición socioeconómica como por el lugar que
ocupan en el proceso migratorio. Muchas mujeres son sometidas a la trata cuando
intentan migrar. En consecuencia, la feminización de la migración está ligada a
las tendencias de la trata y a la feminización de la trata.
Las leyes
que restringen la migración, combinadas con la corrupción frecuente de los
funcionarios a cargo del área, suelen crear un terreno fértil para la trata de
personas. La pobreza (y la feminización de la pobreza), el desempleo, un
contexto cultural que tolera la violencia contra las mujeres, sistemas
patriarcales con normas que restringen la autonomía de las mujeres, el acceso
limitado de muchas mujeres a recursos cruciales (medios económicos, redes y vínculos
sociales, información y conocimiento), así como la demanda de mano de obra
barata en sectores económicos feminizados, son algunos de los factores que
promueven la vulnerabilidad de las mujeres a la trata de personas.
El papel prevalente
de las mujeres como proveedoras del sustento familiar, como mano de obra barata
en las cadenas globales de valor y como trabajadoras domésticas en el marco de una
organización social del cuidado injusta, completa el círculo vicioso de
sustentos e ingresos económicos precarios. Al mismo tiempo, “la trata puede considerarse una causa de
violaciones a los derechos humanos, porque el propio acto de la trata
constituye un quebrantamiento, entre otras cosas, del derecho a la dignidad y a
la seguridad, a la libertad de movimiento y al trabajo en condiciones justas y
favorables”. La violencia contra las mujeres también es un rasgo inherente
a la trata de mujeres.
Ciertamente, como decíamos, los beneficios de esta
explotación se blanquean mediante los mismos mecanismos y jurisdicciones opacas
y agencias facilitadoras que sirven a la evasión y al impago de impuestos. Más
aún, la trata de personas también está relacionada con la actividad de las
empresas multinacionales. Con miras de desligarse de la explotación y la trata,
las empresas multinacionales crean entidades intermediarias, subcontratan el eslabón
más precario de la cadena (donde tiene lugar el grueso de la trata y la
explotación laboral) y así efectúan la “externalización”. Las ganancias
originadas en esa explotación se incorporan a la cadena global de valor, artilugio
que sirve para ocultar y relocalizar la riqueza, escindiéndola del lugar donde
se creó el valor. La trata de personas con fines de explotación laboral se combina
con otros mecanismos concebidos para el abuso fiscal transfronterizo y el
traslado de beneficios, circunstancia que establece un nexo entre la trata de
personas y los flujos financieros ilícitos.
Que la
trata de personas involucra con frecuencia a grandes empresas, es especialmente
obvio y predecible en el caso de la trata para la explotación laboral. Varias
empresas han sido objeto de denuncias internacionales documentadas por
explotación laboral, trabajo infantil o trata de personas. Entre ellas se
cuentan Nike, Inditex, Nestlé, ADM y Cargill. En estos casos, habitualmente se
acusa a las empresas de hacer la vista gorda ante la violación de normas laborales
básicas o el uso de trabajo infantil, y por ende se las considera responsables
indirectas. Sin embargo, los talleres de trabajo esclavo o las fincas donde
tiene lugar la explotación operan en muchos casos como productores exclusivos
para esas marcas, lo cual a todas luces debería contar como indicio de una
relación más directa entre las marcas y la explotación de personas sometidas a
la trata.
La
referida investigación subraya la necesidad de colocar la lupa sobre la trata
de personas como tipo de actividad delictiva que aporta recursos inmensos a los
flujos financieros ilícitos. Porque la trata de personas es tanto una causa
como una consecuencia de la violación a los derechos humanos de las mujeres. Y
la falta de recursos para implementar políticas públicas integrales que
garanticen niveles mínimos de bienestar, está en la raíz de la vulnerabilidad
de las mujeres a las redes de trata, así como a la explotación laboral y
sexual. La trata de personas y las consiguientes actividades de explotación
representan manifestaciones extremas de la violación a los derechos humanos de
las mujeres. Desde luego, la erradicación de esta grave injusticia requiere
voluntad política y acciones prácticas por parte de los gobiernos; pero sobre
todo demanda una mayor conciencia ciudadana sobre la interrelación entre el
blanqueo de dinero sucio, la evasión y el fraude fiscal que promueven y amparan
los paraísos fiscales, por un lado, y las injusticias de género, por otro.-
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